Cumplimiento y Canal de Denuncias
ENSO considera que los principios y valores que deben inspirar y regir el desarrollo de sus actividades y de las operaciones, no deben sólo limitarse al estricto cumplimiento de la Ley, sino que deben realizarse en un ambiente ético, igualitario, fiable, razonable, conciliable, honesto y tolerancia cero a la corrupción para la correcta utilización de los recursos y la fiabilidad de la información financiera, así como garantizar un espacio libre de tipo de discriminación y acoso.
El Código de Conducta de ENSO se establecen los cánones de conducta de obligado cumplimiento que nuestro personal, administradores, consejeros y consejeras, dirección, accionistas y colaboradores, deben seguir en sus diferentes interacciones con ENSO.
La Política Anticorrupción de ENSO es la herramienta básica para garantizar la tolerancia cero ante cualquier tipo de corrupción, y tiene por objeto ser una guía práctica y eficaz para la adecuada gestión de las directrices expresadas en el Código de Conducta y en determinas situaciones que pudieran entrañar un riesgo de corrupción.
El Canal de Denuncias de ENSO está abierto para que todo el personal, clientes, accionistas, consultores, suministradores y en definitiva contrapartes y cualquier grupo de interés que hayan detectado, conocido, observado o se les haya hecho partícipes de comportamientos, hechos o acciones sospechosas de contravenir la Ley, el Código de Conducta, la Política Anticorrupción y resto de normativa interna como por ejemplo, el Protocolo Anti acoso o la Protección del Derecho de la Competencia, y que puedan así reportar dichas situaciones de una manera anónima, confidencial y de ausencia de represalias.
Nunca se emprenderán sanciones o represalias para quienes informen de buena fe y con veracidad. El Procedimiento del Canal de Denuncias es el documento que regula la tramitación interna de dicho canal.
Adicionalmente todos los anteriores pueden dirigirse a ENSO con los mismos motivos o para cualquier consulta o sugerencia relacionada el cumplimiento ético siempre bajo las mismas garantías de confidencialidad y de ausencia de represalias a nuestra dirección de correo electrónico compliance@enso.energy o por correo postal a la dirección:
C/ Vía de los Poblados, número 3
Edificio ONIC 2, 4ª planta
28033 MADRID
El Comité de Cumplimiento es el órgano encargado en ENSO de estudiar y tramitar internamente las informaciones, reportes y consultas recibidas en el Canal de Denuncias, y que se rige por un procedimiento reglado al efecto, el Reglamento del Comité de Cumplimiento.